Conducta Digital


Conducta Humana:
Conjunto de actos exhibidos por una o varias personas, determinadas por las culturas, actitudes, emociones, valores personales y culturales, etica, autoridad, relacion, hipnosis, persuacion, cohercion y/o genetica.
Conducta Digital:
Conjunto de actos que realiza una persona en medios digitales como el internet, que incluye valores, actitudes y competencias de la persona.
Conducta Social:
Comportamiento o condicta que dirige un individuo a la sociedad o grupo de su misma especie.
Ley 1273 del 2009
“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.
http://www.ccit.org.co/files/Leyes/Ley_1273_de_2009.pdf
Ley 1341 del 2009

"Por la cual se definen Principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, se crea la Agencia Nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones"

http://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-3707_documento.pdf

Manual de Convivencia
Capitulo VII, Articulo 28, Numeral 11:
Uso de vocabulario y comentarios que maltraten la dignidad y salud mental o psicológica de cualquier miembro de la comunidad
Numeral 16:
Cualquier manifestación de agresión verbal, escrita, física, psicológica o gestual que maltrate o cause daños a la integridad personal y/o afecte la dignidad
Articulo 29, Numeral 1:
Manifestar cualquier conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de intimidación, agresión, amenaza, ridiculización, difamación, chantaje, soborno, coacción, aislamiento deliberado o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, físico, verbal a un compañero, profesor, directivo o cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución.
Numeral 6:
Ser coautor, cómplice, o encubridor de faltas graves cometidas por algún estudiante.
Numeral 11: 
Difundir imagenes, informacion o escribir panfletos difamatorios contra miembros de la institución usando cualquier medio de comunicación, entre ellos los electrónicos pues constituyen en ocasiones delitos informáticos.
Numeral 12:
Traer al colegio, mirar o hacer circular material impreso, magnético, audiovisual u objetos obscenos, así como fichas, stickers, tatuajes, tazos, calcomanías, entre otros que atenten contra la dignidad humana y vulneren la moral pública y la dignidad de las personas.
Numeral 15:
Difamar, injuriar o calumniar a cualquier miembro de la comunidad educativa
Numeral 16:
Usar la red de Internet (Internet, redes sociales, virtuales, telefonia movil y video juegos online) en forma deliberada con fines intimidatorios para aspectos diferentes a los establecidos por la institucion; consultar paginas pornograficas, satanicas, correos electronicos que afectan la integridad y el buen nombre de la persona y del colegio. De igual forma se aplica para el uso de el celular ejerciendo maltrato psicologico y/o continuado.
Numeral 19:
Agresion o exclucion ofensiva, aislamiento deliberado, difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen de la presona frente a otras.
Parragrafo 2:
Todo comportamiento o acciones que esten enmarcadas en el acoso escolar, bullying o ciberbullying, que afecten el normal ambiente escolar y que vulnere el bienestar sera considerada como falta gravisima.
Capitulo IV, Articulo 14, Numeral 54:
Hacer buen uso de las TIC y unicamente con fines educativos respetando a otros, respetandose y haciendose respetar
Numeral 55:
Proteger la integridad y seguridad personal y la de los demas
Numeral 56:
Ser responsable con el cuidado de su intimidad, respetar la de los demas
Numeral 57:
Ser consciente de que los menores de edad requieren especial cuidado, restriccion y acato de las recomendaciones para el uso de las TIC.
Numeral 58:
No utilizar las TIC para promover, consultar, ver, comprar, compartir actividades relacionadas con la explotacion de menores, pornografia infantil, prostitucion infantil, trata de personas, promocion de conductas autodestructivas, organizaciones y/o actividades al margen de la ley o cualquier conducta que atente contra los derechos humanos.
Numeral 59:
Respetar los derechos de autor

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